Se reiteró la obligatoriedad de la licencia física tras los reclamos por secuestros de vehículos
Desde la comuna aclararon que la legislación de la provincia de Buenos Aires exige la exhibición de la credencial en plástico. La versión digital de Mi Argentina no posee validez legal para circular dentro del territorio bonaerense.
23 de Septiembre de 2026
Se emitió un aviso técnico sobre los criterios de fiscalización aplicados en los puestos de control del distrito, precisando que la portación del carnet de conducir en formato físico constituye un requisito insustituible para el desplazamiento en la vía pública.
El pronunciamiento oficial responde a las recientes controversias registradas en la comuna, donde diversos automovilistas cuestionaron la retención de sus rodados tras haber exhibido únicamente la credencial virtual a través de la plataforma estatal Mi Argentina. Sobre este punto, las autoridades comunales explicaron que el municipio actúa como autoridad de aplicación de la normativa expedida por la Provincia de Buenos Aires.
A diferencia del marco legal aplicable en otras provincias que adhirieron a la digitalización integral dispuesta por la Nación, en jurisdicción bonaerense rige el Decreto 532/09 —reglamentario de la Ley N° 13.927—. La norma establece la exigibilidad del soporte plástico ante la solicitud del personal de inspección, motivo por el cual los agentes se encuentran inhabilitados para convalidar imágenes o perfiles dentro de aplicaciones móviles.
Desde el área comunal recordaron que la omisión de la licencia en soporte físico es tipificada como falta de documentación obligatoria y faculta el secuestro preventivo de la unidad. Para evitar sanciones administrativas, el organismo ratificó que tanto el carnet de conducir como la cédula de identificación del automotor, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente y el comprobante de póliza de seguro deben permanecer dentro del habitáculo en formato impreso.
