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Ya rige el nuevo régimen previsto en la reforma laboral para regularizar el empleo no registrado
La medida fue oficializada mediante el Decreto 409/2026 y permitirá a los empleadores acceder a importantes beneficios para registrar trabajadores que actualmente se encuentran en la informalidad.
2 de Junio de 2026
El Gobierno nacional reglamentó aspectos clave de la reforma laboral y puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una herramienta destinada a regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas en el sector privado.
Entre los principales puntos de la reglamentación se encuentra la posibilidad de regularizar obligaciones vinculadas a aportes, contribuciones y cuotas de la seguridad social vencidas hasta el último día del mes en que se presente la solicitud.
Además, la norma contempla la extinción de la acción penal en determinados casos, la salida del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) y la condonación parcial de deudas previsionales.
Los beneficios varían según el tamaño de cada empresa. Las micro y pequeñas empresas, así como las entidades sin fines de lucro, podrán acceder a una condonación del 90% de la deuda. En tanto, las medianas empresas de tramo 1 y 2 obtendrán una reducción del 80%, mientras que el resto de los empleadores tendrá una quita del 70%.
Por otro lado, el decreto establece una condonación total para las obligaciones relacionadas con el Sistema Nacional del Seguro de Salud, el Régimen de Riesgos del Trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
La deuda que no quede alcanzada por estos beneficios podrá cancelarse al contado, con una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses remanentes, o a través de planes de pago que serán instrumentados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Otro aspecto destacado es que los períodos regularizados serán reconocidos como tiempo de servicio para acceder a jubilaciones, pensiones, retiros por invalidez y prestaciones por desempleo, permitiendo que los trabajadores incorporados al régimen puedan computar esos años para futuros beneficios previsionales.
