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Martes 12 de Mayo de 2026

Política

Casación ordenó el traslado de Julio De Vido a prisión domiciliaria tras complicaciones cardíacas

La Cámara Federal de Casación Penal revocó el fallo que obligaba al exministro a permanecer en Ezeiza. El tribunal consideró que el penal no cuenta con la infraestructura necesaria para tratar sus patologías crónicas, agravadas por un reciente episodio coronario.

12 de Mayo de 2026

La situación procesal de Julio De Vido dio un giro determinante este lunes. El máximo tribunal penal del país otorgó el beneficio de la detención domiciliaria al ex titular del Ministerio de Planificación, quien dejará el Complejo Penitenciario de Ezeiza para continuar cumpliendo su pena en su residencia privada. La resolución, firmada por los magistrados Guillermo Yacobucci, Mariano Borinsky y Carlos Mahiques, dejó sin efecto la negativa previa del Tribunal Oral Federal 4, priorizando el delicado cuadro clínico del exfuncionario de 76 años.

El detonante de esta medida fue el grave incidente de salud que De Vido sufrió el pasado 1 de abril, cuando padeció un infarto agudo de miocardio que requirió una intervención de urgencia para la colocación de un stent. Los informes del Cuerpo Médico Forense resultaron lapidarios al describir un "riesgo cardiovascular elevado", producto de una combinación de enfermedades preexistentes que incluyen hipertensión, fibrilación auricular y una diabetes insulinodependiente de difícil control bajo el régimen carcelario.

 

Un entorno "inadecuado" para su salud

En los fundamentos del fallo, la Cámara destacó que la permanencia en una unidad penitenciaria estándar representa un peligro inminente para la integridad física del condenado. Según los peritajes médicos citados por Casación, si no se garantizan condiciones de cuidado extremadamente estrictas —imposibles de cumplir plenamente en la cárcel—, el entorno carcelario podría derivar en una descompensación fatal o en secuelas irreversibles para el paciente.

Ante la imposibilidad de que el Servicio Penitenciario Federal asegure el monitoreo médico de alta complejidad que demanda el post-infarto, el TOF 4 dio curso inmediato a la orden de traslado. No obstante, el tribunal encomendó al juez de ejecución penal un seguimiento riguroso y periódico para supervisar que el cumplimiento de la condena en el domicilio no vulnere los fines de la justicia ni las restricciones impuestas.

 

La condena por el manejo de subsidios ferroviarios

Julio De Vido cumple una sentencia de cuatro años de prisión por su responsabilidad en la denominada Tragedia de Once, ocurrida en febrero de 2012. Si bien la justicia lo eximió de culpa directa en el estrago que causó las 52 muertes, los jueces determinaron que fue un "partícipe necesario" en la administración fraudulenta de los bienes del Estado.

El fallo de 2018 ratificó que, desde su cargo ministerial, De Vido fue negligente en la supervisión de los millonarios subsidios entregados a la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA). Según los magistrados, el exfuncionario ignoró sistemáticamente las alarmas y auditorías que denunciaban el desvío de fondos y el deterioro terminal de la seguridad en la línea Sarmiento, omisión que resultó clave para el colapso del sistema ferroviario.

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